21 Derecho de propiedad del suelo

   Derecho de propiedad del suelo NO, derecho de usufructo SI

  Uno de los derechos fundamentales de todo ser humano, es el derecho a un puesto de trabajo, que lo dignifique, y que garantice su medio de subsistencia, de cultura y ocio, y por supuesto de la contribución a la manutención de los nuevos vástagos en desarrollo y por venir, cumpliendo así  con el mandato de Ley de «creced y multiplicar», de todos aquellos que estén llamados a hacerlo, según su causa o naturaleza.

  De la misma manera, todo lo que obstaculice la generación de puestos de trabajo, se debe de legislar de forma conveniente; siendo uno de los puntos básicos a legislar, el derecho de propiedad del suelo, sobre todo, en lo que a esto concierne como factor especulativo. Esto está claro, ya que la inversión sobre el derecho de propiedad del suelo, se considera un medio básicamente estable como sistema de rentabilidad y especulativo.

  Y visto desde el punto de vista espiritual, con mucha más razón de ser, puesto que todo creyente en un DIOS y Padre Creador, Este no crea los mundos para que sus hijos especulen con su propiedad, puesto que es el único propietario Universal, y es el primero que da ejemplo dándolo todo para todos, no para que sus hijos, especulando con su propiedad, aunque sea legal por la Ley humana, muchos tengan que ser desahuciados por falta de trabajo, puesto que tal forma de inversión especulativa, graba el capital producto del trabajo. Si el ser humano pensara según los Atributos Divinos de Amor y Justicia, comprendería que todo aquello que no es bueno para todos, no es verdaderamente bueno.

  No es lo mismo el derecho de usufructo del suelo, que el derecho de propiedad aunque pueda parecer lo mismo, puesto que el derecho de usufructo, lo es o lo debe de ser en base a la generación de trabajo, por lo tanto no especulativo. En el bien entendido, que el derecho de usufructo, siempre tendrá un fin o consecuencia derivada como riqueza, en base a la generación de trabajo. Pues cualquier otra forma inherente en relación al suelo, debe ser tratada y desarrollada por los legisladores, a tal efecto, para que la libertad en este sentido, se vaya remodelando y moviendo, por cauces en orden a una mancomunidad mundi-social-humanista, que contemple los derechos fundamentales humanos de trabajo y hábitat, cada cual donde se encuentre, sin las consecuencias de un derecho de propiedad del suelo, que se mantiene en el día de hoy, con el derecho de grabar el alquiler a voluntad pasado un plazo de tiempo, e incluso poner de patitas en la calle, al usufructuario como inquilino o arrendatario, porque el arrendador, ostentando el derecho de propiedad, la Ley actual le ampara.

  El derecho de propiedad como inversión, graba el capital sin generar trabajo estable. Por lo cual, una de las prioridades en el Nuevo Orden Social, sería el legislar adecuadamente, para que el derecho de propiedad no tenga repercusión, ni sobre el trabajo, ni sobre el capital.
   ¿Por qué el ser humano invierte e hipoteca, para tener un derecho de propiedad, más allá de sus propias necesidades de hábitat? para desarrollar un sistema de inversión especulativo, obligándose en muchos casos a un pluriempleo, quitando trabajo a otros, que sin tenerlo les puede hacer falta.
  
  ¿Por qué no se ha legislado convenientemente en este terreno? ¿No será porque los que están en situación de hacerlo, son los primeros que están dentro del sistema especulativo del derecho de propiedad, y no dan paso a unas Leyes más justas en este sentido? Aunque también es verdad, que uno de los puntos clave del cambio está en la unidad humana, y por falta de unidad no se han llevado a cabo, puesto que, si en un país se legisla adecuadamente, mientras que en otro, se hace lo contrario, la fuga de capital excedente perjudica a los que pretenden mundificar los derechos fundamentales del hombre.

  Buena parte de la sociedad aprueba el cambio y el progreso, pero le teme, sobre todo cuando este le obliga a un ajustamiento en su manera de proceder, en beneficio de una idea social más justa. Pues la humanidad como un todo, es una de las lecciones a que está llamada a aprender, y puesto que la interdependencia mutua cada vez se hace más patente, dados los medios de comunicación, la globalización y el multinacionalismo, las soluciones a nivel mundial deben ser legisladas e internacionalizadas como Ley general, en la medida que el ser humano vaya adelantando dentro de la unidad de las naciones en todos los campos y en todos los órdenes.

  La naturaleza con sus cambios nos está indicando un cambio global, por estar llamados también a actuar globalmente, sin pretendidos protagonismos, ni nacionalistas, ni económicos, ni religiosos, ya que el ser humano, está imbuido de un egoísmo ancestral, incluso solapado por medio de una cara de caritativa solidaridad, por eso la proliferación de fundaciones, como medio de evasión de capital para no pagar impuestos legalmente, por medio de exenciones y prebendas, presentando a la sociedad la cara amable y caritativa por medio de ayudas, que son cubiertas con creces con la exención de impuestos. El sistema establecido siempre ocultando la realidad a través de múltiples caras, pero sin modificar las raíces de tal sistema, es decir, sin ir al fondo de la cuestión como concausa universal.

  Todos los sistemas sociopolíticos  en orden a la Comuna Universal, como pudiera ser la primitiva iglesia de cristo, que no funcionaron, bien sea porque eran peligrosos para el sistema religioso dominante, o bien sea porque se adelantaron a su tiempo por no estar el ser humano preparado para ello, puesto que este necesita todavía el acicate económico para interesarse en trabajar y crear, deben de ser nuevamente replanteados, pero desde una perspectiva y unidad mundisocial, para que los gobernantes en el poder, no acaben corrompiéndose, y vendiéndose al mejor postor, que siempre acaba siendo el poder económico de organizaciones multi gubernamentales, que desean mantener las viejas formas y valores, para repartirse el usufructo del trabajo y el esfuerzo común de la sociedad, aunque sea a costa de marginación y explotación solapada, incluso de la infancia en muchos casos.

   Los temas a tratar que de este mensaje derivan, pueden ser los siguientes: Cuando el ser humano que trabaja tiene un capital excedente una vez cubiertas sus necesidades, o bien sea que la idea de tener una rentabilidad de futuro, le lleva al sacrificio en muchos casos, a trabajar más de la cuenta, solo con la idea de enriquecimiento posterior, ya esto de por sí es un tema a debatir en cuanto a un nuevo orden social, puesto que dimana de una tendencia congénita, que más que engrandecer habría que menguar, como causa y resultado de un desarrollo psicofísico a efectuar.

   En cuanto al usufructo, lo es en el supuesto de que todo ser humano, como actualmente rige como condición, tanto de Ley como psicológica, tenga el derecho de enriquecerse sacando rentabilidad a su inversión. Por lo que pone en tela de juicio, hasta cuando debe de ser lícito tal usufructo, y cual es la Ley que lo regule:
__ El propietario o el arrendador, siempre será el usufructuario, no el arrendatario que toma prestado bajo pago o alquiler.
__ El trabajo es un derecho y un deber que dignifica, puesto que revierte a la sociedad, lo que en su momento tomó de la sociedad.
__Toda propiedad sobre el suelo, que no sea utilizada personalmente, se puede considerar un producto especulativo, por lo cual, su usufructo solamente puede considerarse en el tiempo mientras viva el propietario. Por lo que debería esta pasar nuevamente a ser patrimonio de la sociedad, que es el usufructuario común de los bienes de consumo generados, como así el transporte, educación y sanidad.

  El suelo como patrimonio social, su usufructo como justiprecio, está supeditado a la generación de trabajo, por lo cual, todo usufructuario sea este propietario o no, que lo mantenga en estado inactivo, pensando en una especulación posterior a medio o largo plazo, debería sufrir las consecuencias de la justa y equitativa legislación del suelo, como patrimonio legítimo de todo ciudadano en él aposentado, sea autóctono o no. Por lo tanto, todo criterio formado en base a una determinada liberación del suelo, y según los principios de solidaridad en orden a la declaración universal de los derechos humanos, está ineludiblemente sujeta a la idea de generación de trabajo, cultura u ocio, como contribución sociopolítica.
  Esta nueva expectativa de propiedad, generaría una nueva mentalidad social, beneficiosa ya desde el inicio en el campo laboral, puesto que directa o indirectamente generaría trabajo.

  Por todo ello podemos decir que, una de las maneras de contribución al cambio, a nivel global, es el de la justa y equitativa legislación del suelo con derecho de usufructo, pero no de propiedad.
   iostako-maraltrix, universalista de Amor Universal, para un mundo solidarizado.     1-3-2007 

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